martes, 29 de abril de 2014


DIA DEL ANIMAL



En la Argentina, el primero en preocuparse por la conservación y protección de los animales fue el presidente Domingo Faustino Sarmiento, quien creó la Sociedad Protectora de Animales.

El doctor Ignacio Lucas Albarracín fue uno de los fundadores de la Sociedad Argentina Protectora de Animales y el propulsor de la Ley Nacional de Protección de Animales (N° 2786), que establece la obligatoriedad de brindar protección a los animales, de manera de impedir su maltrato y su caza.

La ley 2786 de Protección al Animal, sancionada en 1891, estableció la obligación de respetarlos e impedir su maltrato y caza indiscriminada. Pero hoy, tanto aquí como en el mundo, hay 16.119 especies en extinción y 784 ya están totalmente extintas.
Como homenaje al fallecimiento, en 1926, del doctor Ignacio Lucas Albarracín, el 29 de abril se festeja en la Argentina el Día del Animal.





Declaración Universal
de los Derechos de los Animales


Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:

Artículo No. 1
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

Artículo No. 2
a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

Artículo No. 3
a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Artículo No. 4
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.

Artículo No. 5
a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.

Artículo No. 6
a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

Artículo No. 7
Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.

Artículo No. 8
a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.

Artículo No. 9
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.

Artículo No. 10
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.

Artículo No. 11
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.

Artículo No. 12
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.

Artículo No. 13
a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.

Artículo No. 14
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.

Esta declaración fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

Ahora que sabés leer, podes divertirte con las adivinanzas de animales, en Abril de 2013....

jueves, 24 de abril de 2014

DIFERENCIAS ENTRE LOS SERES VIVOS Y NO VIVOS

Cliqueá, mirá con atención y armá una lista en el cuaderno de la siguiente manera:

                                                                   SERES

                      NO VIVOS                                                                  VIVOS
                      
                      computadora                                                                  perro




Este video es muy cortito, pero ahí están los seres vivos y los no vivos que hacen posible la Vida en nuestro Planeta Tierra....y nosotros somos quiénes tenemos que protegerla...










martes, 22 de abril de 2014

23 de Abril "DIA DEL IDIOMA"

Recordá que estos dibujos pertenecen a la historia del libro "El ingenioso hidalgo don Quijote de la Mancha" que Miguel de Cervantes escribió en el año 1605 .. cuando aún no existian ni el cine, ni la tele, ni la compu....
Empieza más o menos así...

Prestá atención y tratá de recordar:

¿Cómo se llama el personaje?
¿Qué nombre le dió a su caballo?
¿Qué le falta para ser un caballero andante y cómo la llamó?




Ahora podés divertirte un rato...mirá qué les pasa a estas niñas, que juegan en una biblioteca....

lunes, 21 de abril de 2014

viernes, 4 de abril de 2014

7 DE ABRIL DIA MUNDIAL DE LA SALUD






Ahora podemos jugar...


Alimentos saludables

 

Pequeñas picaduras: grandes amenazas


OMS/R. Kukreja
Los vectores son pequeños animales, como los mosquitos, las chinches, las garrapatas o los caracoles de agua dulce, que pueden transmitir enfermedades de una persona a otra y llevarlas de un lugar a otro. Pueden poner nuestra salud en riesgo, tanto en casa como cuando viajamos. La campaña del Día Mundial de la Salud 2014, se centra en algunos de los principales vectores, en las enfermedades que transmiten y en las medidas que podemos adoptar para protegernos de ellos.

Hoy en la escuela los chicos de 2° recibimos a la mamá de una compañera del B. Ella es Doctora y nos habló del cuidado de la salud, pudimos hacerle preguntas y nos prestó su estetoscopio, para escuchar nuestro propio corazón....



¡GRACIAS DRA. LILIANA ALDAO!